Se simplifica la regulación de las elecciones en los consejos de las denominaciones de calidad diferenciada en Andalucía

Se simplifica la regulación de las elecciones en los consejos de las denominaciones de calidad diferenciada en Andalucía

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El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el procedimiento para la elección de las distintas vocalías que componen los plenos de los 29 consejos reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de productos agroalimentarios y pesqueros de Andalucía. La norma simplifica y unifica las reglas de este proceso, que hasta ahora convocaba la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural a través de diferentes órdenes. Asimismo, concede a las entidades una mayor autonomía y flexibilidad, reservando a la Administración autonómica su función de tutela.

El decreto establece unas disposiciones comunes de aplicación para todas las denominaciones, con el objetivo de garantizar un procedimiento uniforme, objetivo y transparente, basado en el sufragio de todos los miembros de los consejos. Asimismo, desarrolla la obligación recogida en la legislación autonómica de garantizar la paridad de la representación de los sectores productor (agricultores y/o ganaderos) y elaborador (industrias agroalimentarias) en las entidades en las que participan ambos.

Respecto a los procesos electorales, la principal novedad es la adopción de un sistema de carácter mayoritario mediante listas abiertas. Las candidaturas pueden ser presentadas por agrupaciones de personas avaladas por el 10% del total del censo. No obstante, será suficiente disponer de 50 avales. Cuando el número de personas candidatas resulte igual al número de vocales a elegir no será necesario celebrar las elecciones. Cada consejo regulador deberá convocar al menos cada cuatro años las elecciones para renovar las vocalías, así como elegir y proponer a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.