El pasado 28 de octubre de 2024 se ha publicado en el DOCM la Resolución de 21/10/2024, de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2024, las ayudas para promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.
❇️ Beneficiarios de la subvención:
Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones los operadores agroalimentarios titulares de explotaciones agropecuarias o de industrias agroalimentarias ubicadas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, que elaboren productos agrícolas y/o alimenticios y que se incorporen por primera vez en un régimen de calidad de algunas de las figuras de calidad recogidas en el Anexo I de la Orden de bases e inscritos en el régimen de calidad desde el 1 de enero de 2023, y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 y las obligaciones del artículo 5 de la orden de ayudas.
❇️ Tipo y Cuantía de la subvención:
La ayuda adoptará la forma de subvención por medio de reembolso de los costes subvencionables en que se haya efectivamente incurrido, y hayan sido realmente abonados por el operador agroalimentario o agrupación de operadores.
La ayuda tiene carácter de subvención directamente aplicable a los gastos siguientes:
a) Costes derivados de la inscripción del operador agroalimentario en el registro de alguna de las figuras de calidad de las establecidas en el Anexo I de la orden de bases.
b) Cuota anual de participación en alguna de las figuras de calidad de las establecidas en el Anexo I de la orden de bases.
c) Costes de los controles necesarios para comprobar el cumplimiento del pliego de condiciones de la figura de calidad, realizados por una entidad de control autorizada, incluidos los de la analítica obligatoria fijada en los procedimientos de certificación.
La intensidad de la ayuda será del 70% del importe total de los gastos subvencionables y se limitará a un máximo de 3.000 euros por persona beneficiaria y año durante un período máximo de cinco años.
❇️ Plazo de presentación:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución y de su extracto de la BDNS, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, junto con la documentación que figura en el apartado séptimo de la Resolución.
Desde el día 29 de octubre de 2024 hasta el 28 de noviembre de 2024.
❇️ Presentación de la Solicitud:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de forma telemática con firma electrónica, conforme al modelo establecido como Anexo I de la presente resolución.
⬇️ La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
▪️ Documento que acredite la representación.
▪️ Documento de autorización de representación para la presentación de la solicitud según modelo de Anexo IA, en cuyo caso deberá acompañar a la solicitud de ayuda.
▪️ Para la valoración del criterio 1.a) “personas jurídicas (empresa o entidad asociativa) en su junta rectora u órgano directivo más del 50% son mujeres” establecido en el artículo 9 de la orden de bases, certificado de la Junta Rectora u órgano directivo de la persona solicitante, Plan de Igualdad o certificado de la junta rectora en relación al porcentaje de representación de mujeres en el órgano de toma de decisiones o consejo rector, en su caso.
▪️ Para la valoración del criterio 1.c) “persona beneficiaria es una sociedad cooperativa” establecido en el artículo 9 de la orden de bases, escritura de constitución.
💻 A tal efecto, el solicitante o la persona representante deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
🚫No serán válidas las solicitudes presentadas en el registro único ciudadanos por solicitudes genéricas.
❇️ Justificación de la Subvención:
La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación telemática de una cuenta justificativa, en el modelo de Anexo II de la presente convocatoria, formulario también incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), acompañada de la siguiente documentación:
▪️ Certificado del órgano de gestión acreditativo de la fecha de alta del operador y de la inscripción en los registros de la figura, salvo para el supuesto de producción ecológica. En el supuesto de producción ecológica, será la entidad de control la que certifique la fecha de alta del operador y la inscripción en el correspondiente registro.
▪️ Certificado de la entidad de control acreditativo de la existencia de un contrato en vigor, del cumplimiento de los reglamentos y normas técnicas de la figura de calidad y de que el operador se halla al corriente de las tasas de control y certificación en vigor.
▪️ Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
▪️ En el caso de costes derivados de la inscripción y cuotas anuales de participación en regímenes de calidad, se deberá aportar un certificado emitido por el órgano de gestión de la correspondiente figura de calidad en el que figuren los gastos de inscripción y participación abonados por la persona beneficiaria, o en su caso, copia de las facturas correspondientes a los gastos de inscripción y cuotas anuales de participación.
▪️ Facturas correspondientes a los costes derivados de la prestación del servicio de control del cumplimiento de los pliegos de condiciones que rigen las figuras de calidad, donde se identifiquen estos de manera inequívoca.
▪️ En todos los casos, acreditación del pago efectivo de los costes de inscripción, cuotas anuales de participación y gastos de la prestación del servicio de control mediante la presentación de la documentación señalada en el artículo 2 de la Orden de 07-05-2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la forma de acreditación del pago efectivo del gasto realizado en materia de subvenciones, dependiendo de la forma de pago y sin que sea admisible la realización de pagos en metálico.
Asimismo, podrá presentarse cualquier otra documentación complementaria necesaria para la acreditación del buen fin de la subvención concedida.
El plazo de presentación de la cuenta justificativa finalizará el 31 de enero de 2025.
Para cualquier duda relacionada con esta ayuda puede llamar a la Delegación de Agricultura que le corresponda:
- Delegación de Agricultura de Albacete: 967558500
- Delegación de Agricultura de Cuenca: 969178300
- Delegación de Agricultura de Ciudad Real: 926279500
- Delegación de Agricultura de Toledo: 925266800
- Delegación de Agricultura de Guadalajara: 949885300