Menciones de Origen No Vínicas

Qué es

Las Menciones de Origen son distintivos oficiales que identifican y protegen productos agroalimentarios cuya calidad, reputación o características están vinculadas a un origen geográfico concreto y a unos métodos de producción definidos.

Dentro de esta categoría se incluyen figuras de calidad diferenciada como las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) aplicadas a productos no vínicos, así como otras figuras reconocidas por la normativa europea y nacional.

La certificación garantiza que el producto cumple con el pliego de condiciones aprobado para cada mención de origen, aportando confianza al mercado y asegurando la autenticidad del producto frente al consumidor.

SOHISCERT actúa como entidad de certificación independiente, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada figura de calidad diferenciada.

Este servicio está dirigido a operadores agroalimentarios que elaboran, transforman, comercializan o etiquetan productos amparados por una mención de origen reconocida.

Entre ellos:

  • Productores agrícolas y ganaderos.
  • Industrias agroalimentarias.
  • Cooperativas y agrupaciones de productores.
  • Empresas transformadoras y envasadoras.
  • Comercializadores de productos con DOP o IGP.
  • Operadores que desean incorporar figuras de calidad diferenciada a su estrategia comercial.

SOHISCERT certifica diferentes categorías de productos agroalimentarios acogidos a menciones de origen no vínicas, entre las que pueden encontrarse:

  • Aceites de oliva virgen extra.
  • Jamones y productos cárnicos curados.
  • Quesos y productos lácteos.
  • Frutas y hortalizas.
  • Arroces y cereales.
  • Legumbres.
  • Dulces y productos de panadería tradicionales.
  • Productos pesqueros y acuícolas.
  • Otros productos agroalimentarios protegidos por figuras de calidad diferenciada.

La certificación se realiza conforme al pliego de condiciones específico de cada DOP, IGP u otra mención reconocida.

La certificación de menciones de origen se desarrolla conforme a la normativa europea y nacional aplicable a las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria, entre ellas:

  • Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las indicaciones geográficas y regímenes de calidad.
  • Reglamentos y disposiciones específicas de cada Denominación de Origen Protegida (DOP) o Indicación Geográfica Protegida (IGP).
  • Pliegos de condiciones aprobados para cada producto.
  • Requisitos de trazabilidad, etiquetado y control establecidos por las autoridades competentes y consejos reguladores.

SOHISCERT desarrolla su actividad de certificación bajo criterios de independencia, imparcialidad y competencia técnica.

Contar con la certificación de una mención de origen permite:

  • Diferenciar el producto en el mercado mediante un sello oficial reconocido.
  • Reforzar la confianza de distribuidores y consumidores.
  • Garantizar la autenticidad y trazabilidad del producto.
  • Poner en valor el origen geográfico y los métodos tradicionales de elaboración.
  • Mejorar el posicionamiento comercial y el acceso a mercados especializados.
  • Facilitar el cumplimiento de los requisitos establecidos por consejos reguladores y administraciones competentes.
  • Aumentar la protección frente a usos indebidos o fraudes relacionados con el origen del producto.

Para obtener la certificación, los operadores deben:

  • Estar inscritos o autorizados por el correspondiente consejo regulador o autoridad competente, cuando proceda.
  • Cumplir el pliego de condiciones aplicable al producto certificado.
  • Disponer de un sistema de trazabilidad que garantice la identificación y segregación del producto.
  • Mantener registros documentales actualizados sobre producción, transformación y comercialización.
  • Superar las auditorías e inspecciones establecidas en el proceso de certificación.
  • Cumplir los requisitos de etiquetado y uso de las menciones protegidas.

SOHISCERT verifica periódicamente el cumplimiento de estos requisitos para asegurar la integridad y fiabilidad de la certificación.

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DOP Miel de La Alcarria: DOUE C/2025/5008 de 12.09.2025.

DOP Aceite Campo de Calatrava: R (UE) Nº 635/2011.

DOP Aceite de la Alcarria R (CE) Nº 98/2009.

DOP Aceituna Aloreña de Málaga: DOUE 2019/C 358/09

DOP Pimentón de Murcia: R (UE) 2023/1150

DOP Nueces de Nerpio Reglamento de Ejecución: (UE) 2023/979 de 22.5.2023

IGP Ajo Morado de Las Pedroñeras: Orden 22/09/2009. R (CE) Nº 676/2008.

IGP Cebolla de La Mancha: Reglamento de Ejecución (UE) 2023/493.

IGP Melón de La Mancha: R (UE) Nº 1171/2010.

IGP Espárrago Verde de Guadalajara RE (UE) 2024/1887

IGP Aceituna Gordal Sevillana Publicación BOE 18.07.2024

IGP Aceituna Manzanilla Sevillana Publicación BOE 07.11.2024

MC Aceite Campos de Hellín: Resolución de 17/12/2010.

MC Aceite Valle de Alcudia: Resolución de 26/09/2012.

MC Cordero de la Alcarria: Resolución de 13/03/2009.