Modificaciones en los Pliegos de Condiciones Vinos D.O.P Alamansa y D.O.P Méntrida

Modificaciones en los Pliegos de Condiciones Vinos D.O.P Alamansa y D.O.P Méntrida

Desde SOHISCERT os comunicamos las modificaciones que han sufrido el Pliego de Condiciones de los Vinos con Denominación de Origen Protegida  Almansa y Méntrida, las cuales han sido aprobadas por la Comisión Europea y publicadas el pasado 17 y 21 de octubre del presente año en el Boletín Oficial de la Unión Europea.

Dichas modificaciones constan principalmente de:

  • Ampliación de la zona geográfica de producción y elaboración a los siguientes términos municipales para la D.O.P. Almansa: Almansa, Alpera, Bonete, Corral Rubio, Higueruela, Hoya Gonzal-Pétrola, Chinchilla: zona delimitada por la vía de servicio AB-402 (que va desde horna hasta la venta de Alhama) y que linda por un lado con los municipios de Pétrola y Corral Rubio y por el otro con los municipios de Bonete, Higueruela y Hoya Gonzalo.
  • Ampliación de la zona geográfica de producción y elaboración a los siguientes términos municipales para la D.O.P. Méntrida: Albarreal de Tajo, Alcabón, Aldeaencabo, Almorox, Arcicollar, Argés (únicamente los polígonos 3 y 5), Barcience, Bargas, Burujón, Camarena, Camarenilla, Cardiel de los Montes, Carmena, Carpio de Tajo (El), Carranque, Carriches, Casar de Escalona (El), Casarrubios del Monte, Castillo de Bayuela, Cazalegas, Cebolla, Cerralbos (Los), Chozas de Canales, Domingo Pérez, Erustes, Escalona, Escalonilla, Fuensalida, Garciotún, Gerindote, Guadamur (únicamente los polígonos 17 y 18), Hormigos, Huecas, Illán de Vacas, Lominchar, Lucillos, Malpica de Tajo, Maqueda, Mata (La), Méntrida, Mesegar, Montearagón, Nombela, Novés, Nuño Gómez, Olías del Rey, Otero, Palomeque, Paredes, Pelahustán, Portillo, Quismondo, Real de San Vicente, Recas, Rielves, San Martín de Pusa, Santa Cruz del Retamar, Santa Olalla, Talavera de la Reina, Toledo, Torre de Esteban Hambrán (La), Torrijos, Val de Santo Domingo, Valmojado, Ventas de Retamosa (Las), Villamiel, Viso (El) y Yunclillos.
  • Incorporación de los vinos espumosos como vinos amparados por ambas menciones. En el caso de la D.O.P. Almansa, elaborados a partir de un vino con base D.O. Almansa, que pueden ser blancos y rosados. En el caso de la D.O.P.  Méntrida pueden ser vinos tintos, rosados y blancos.
  • En el Pliego de Condiciones de cada una de la D.O.P. se establecen parámetros físico químico y organolépticos para este tipo de vinos, así como las menciones que se pueden utilizar en función del contenido de azúcares.

Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del próximo 20 de noviembre de 2017.