En el día de ayer se publicó en el DOUE, el Reglamento UE 2018/848 que recoge las nuevas normas sobre producción ecológica. Dicha legislación se aplicará a partir de enero de 2021.
Los principales elementos aprobados de la legislación son:
– Controles estrictos a lo largo de toda la cadena de suministro. A iniciativa del PE, se efectuarán controles in situ y para todos los operadores, al menos una vez al año o una vez cada dos años si no se ha detectado ningún fraude en los últimos tres años.
– Las importaciones tendrán que respetar los estándares comunitarios. Las actuales reglas de “equivalencia”, que obligan a los países de fuera de la UE a respetar reglas similares pero no idénticas dejarán de aplicarse en un plazo de cinco años. Impulsar la producción dentro de la UE.
– Aumento de la oferta de semillas y animales ecológicos para responder a la demanda de los productores. Las excepciones que permiten el uso de semillas y animales convencionales en la producción ecológica expirarán en 2035.
– Explotaciones mixtas, para fomentar la reconversión: se permitirán las explotaciones que produzcan tanto alimentos convencionales como ecológicos, siempre que las dos actividades estén separadas de manera clara y efectiva.
– Certificación más fácil para los pequeños agricultores: certificación en grupo para ahorrar tiempo y dinero a los pequeños agricultores que desean pasar a la producción ecológica.
– Medidas preventivas: medidas obligatorias para agricultores y otros operadores para evitar la contaminación. En caso de sospecha de presencia de un plaguicida o fertilizante no autorizado, el producto final no podrá etiquetarse como ecológico hasta que la contaminación no sea investigada; si la contaminación fue deliberada o el operador no aplicó las medidas preventivas, el producto perderá su estatus ecológico.
– Los países que ya establecen umbrales máximos para las sustancias no autorizadas en los alimentos ecológicos, como los plaguicidas, podrán seguir haciéndolo pero deberán abrir su mercado a los productos de otros países de la UE que cumplan las normas comunitarias.
Cuatro años tras la entrada en vigor del reglamento, la Comisión evaluará sobre la efectividad de las normas pasados cuatro años tras su entrada en vigor, para evitar la contaminación y sobre el efecto de los umbrales nacionales y propondrá, si lo ve necesario, una legislación para armonizarlos.